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Así se aplicará el IVA en las tiendas online a partir de julio.
14/06/2021
Si tienes una eCommerce, es muy importante estar al tanto de los requisitos legales de las tiendas online. Este año, entran en vigor novedades de las que tienes que estar al caso.
En el primer trimestre de 2020, el comercio electrónico en España superó los 12.200 millones de euros, lo que es un 11,6% más que en 2019.
A consecuencia del crecimiento acelerado del consumo digital y la poca nitidez de las condiciones que hay en la actualidad en cuanto a las tasas de comercio electrónico, la Comisión Europea ha decidido tomar cartas en el asunto a fin de simplificar el proceso de recaudación fiscal transfronteriza a fin de evitar pérdidas de ingresos en concepto de impuestos.
Es por este motivo que a partir del 1 de julio de este 2021, se aplicará la reforma de la norma del IVA. Las novedades relevantes son:
- Se eliminan los umbrales en las ventas online.
- La importación de pequeños envíos de valor inferior a 22 €, ya no estarán exentos de IVA.
- Los marketplaces (por ejemplo, Amazon, eBay, Privalia, etc.) tendrán responsabilidad de recaudación del IVA en las ventas de bienes importados de terceros países.
Por tanto, se establece un importe único y cualquier empresa que facture más de 10.000 € en ventas efectuadas usuarios de otros Estados miembros deberá facturar con el IVA correspondiente al Estado donde se encuentra el consumidor.
Cuando la facturación quede por debajo de estos 10.000 € fijados como umbral, se seguirá aplicando la tasa impositiva del lugar de origen.
Hasta el 1 de julio, las empresas que venden sus productos a usuarios de otros Estados miembros sólo están obligadas a facturar con el IVA correspondiente al país donde se encuentra el consumidor en caso de que sus ventas en ese Estado superen un umbral determinado por este y, por tanto, si no llegan, facturan con el IVA del país donde se encuentra la empresa.
Por otra parte, esta normativa anula la exención actual del IVA para pequeños envíos de menos de 22 €, de tal manera que todas las importaciones que vengan de fuera de la Unión Europea estarán sujetas al IVA del Estado miembro de destino, independientemente de su valor.
Sin embargo, se mantendrá la exención del pago de derechos de aduana para las importaciones de un valor inferior a los 150 €.
A partir del 1 de julio, los marketplaces pasarán a ser considerados vendedores, lo que implica que tendrán la obligación de gestionar el IVA cuando la empresa usuaria no se encuentre en la Unión Europea. Sin embargo, las ventas hacia el marketplace sí estarán exentas de impuestos.
Las liquidaciones de IVA por las ventas en otros países se presentarán en el mismo Estado a través del régimen de ventanilla única o OSS (one stop shop). La ventanilla única es un portal web a través del cual se puede declarar y pagar el IVA telemáticamente. Tendrás que dar de alta tu empresa en este sistema y llevar a cabo las declaraciones trimestrales de IVA adicionales o bien mensuales cuando se trate de ventas online de bienes importados de terceros países. La Agencia Tributaria española será la encargada de pagar los impuestos de tu empresa en el país correspondiente.
Si tu eCommerce establece las condiciones en las que se efectúan las entregas de los productos e intervenga en autorización del cobro al usuario, estará obligada a conservar los registros de las operaciones intracomunitarias en las que participe durante 10 años.
Antes del comercio electrónico, el IVA se había planteado como un sistema de tributación en el origen para que éramos consumidores domésticos generalmente. Actualmente, los mercados se han globalizado, han tomado un gran protagonismo los marketplaces y han cambiado los hábitos de consumo. Este cambio de paradigma ha llevado a Europa a modificar la norma reguladora del IVA para evitar el fraude transfronterizo, facilitar los trámites de carácter administrativo y obtener una mayor coherencia abonando el IVA en el país del consumidor final que adquiere el bien o recibe el servicio.